Aprueba ITE reglamento de Comité de Igualdad Laboral y No Discriminación - Linea de Contraste

Aprueba ITE reglamento de Comité de Igualdad Laboral y No Discriminación

Se encargará de llevar a cabo las líneas de acción, política institucional, difusión, comunicación, e informes en ambas materias.

Tlaxcala, Tlax, a 17 de julio de 2020 (Gerardo Santillán).- El Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), acordó la aprobación del Reglamento de su Comité de Igualdad Laboral y No Discriminación, mismo que ya fue publicado en el Periódico Oficial del Estado.

Dicho Comité se encargará de llevar a cabo las líneas de acción, política institucional, difusión, comunicación, e informes en materia de igual laboral y no discriminación que, entre otras cosas, consiste en apoyar y coordinar con las direcciones o áreas técnicas del Instituto la asignación de responsabilidades para el desarrollo de documentos, condiciones, esquemas, protocolos, respecto a asuntos pertinentes para el fortalecimiento de actividades en cumplimiento de lo estipulado en la Norma Mexicana.

También contribuirá en las propuestas de sensibilización, capacitación y formación del personal del Instituto para la promoción de la igualdad laboral y el derecho a la no discriminación dentro y fuera de la institución.

Proponer una estrategia para prevenir, atender y sancionar el acoso y hostigamiento sexual, así como todas las formas de discriminación, acoso, hostigamiento y violencia laboral en el Instituto, asimismo realizar un diagnóstico que reporte lo mencionado.

Asesorar en la elaboración de una guía didáctica que oriente en el uso de un lenguaje no sexista, inclusivo y no discriminatorio, así como la utilización de imágenes equilibradas y no estereotipadas de las mujeres y hombres, niñas y niños, personas adultas mayores, personas en situación de discapacidad, población LGBTTTI (lésbico, gay, bisexuales, transexuales, transgénero, travestis e intersexuales), personas indígenas, entre otros, aplicable a todas las áreas del Instituto en su comunicación interna y externa, para el fortalecimiento de la cultural institucional.

El Comité podrá celebrar tantas reuniones de trabajo como considere sean necesarias a fin de analizar y discutir los asuntos que se propongan para su atención.

Los integrantes de ese órgano interno serán una Consejera o Consejero Electoral designado por el Consejo General como Presidente, el titular o la titular de la Secretaría Técnico del ITE, la o el titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos, la o el titular de una de las Áreas Técnicas del Instituto, un miembro del Servicio Electoral Nacional y una o un Auxiliar Electoral.