Se informa que, mediante oficio AR-03/3336/2020 de fecha 20 de marzo de 2020, la Dirección General de Asuntos Religiosos autorizó la transmisión de dicho acto de culto solicitado por el Apoderado Legal de la Basílica de Guadalupe A.R. (SGAR 3:434/2002) C. Alberto de la Mora Hernández mediante las televisoras y radiodifusoras detalladas por el interesado en su solicitud respectiva.

Cabe señalar que todas las asociaciones religiosas debidamente registradas ante la Secretaría de Gobernación tienen derecho desde 1992 a transmitir o difundir actos de culto religioso a través de medios masivos de comunicación no impresos.

Lo anterior con fundamento en los artículos 9, fracción III; 21, párrafo segundo de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 30 y 31 del Reglamento de dicha Ley; y 86, fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernación.