Invalida La Corte disposiciones de leyes de ingresos de dieciocho municipios de Tlaxcala para el ejercicio fiscal 2024 - Linea de Contraste

Invalida La Corte disposiciones de leyes de ingresos de dieciocho municipios de Tlaxcala para el ejercicio fiscal 2024

Tlaxcala, Tlax; a 19 de septiembre del 2024 (Redacción).- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó diversas disposiciones de las Leyes de Ingresos de dieciocho municipios del Estado de Tlaxcala, para el ejercicio fiscal 2024, en los siguientes términos:

  • Cobros por servicios de reproducción de información no relacionada con el derecho de acceso a la información pública. Los preceptos violaban el principio de proporcionalidad tributaria, al no guardar una relación razonable con el costo de los materiales necesarios para la prestación del servicio, aunado a que la búsqueda y certificación de documentos no genera un costo adicional para los municipios.

  • Cobros por la expedición de certificaciones relacionadas con el acceso a la información pública. Las disposiciones invalidadas afectaban el derecho de acceso a la información y el principio de gratuidad que lo rige, pues no se justificaron las tarifas establecidas de acuerdo con el valor de los insumos necesarios para proporcionar la información. Aunado a ello, la certificación de documentos no genera un costo adicional para los municipios.

Al tratarse de disposiciones generales de vigencia anual, La Corte exhortó al Congreso del Estado de Tlaxcala para que, en lo futuro, se abstenga de incurrir en los mismos vicios de inconstitucionalidad.

Acción de inconstitucionalidad 233/2023, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de diversas disposiciones de leyes de ingresos de municipios del Estado de Tlaxcala, para el ejercicio fiscal 2024, publicadas en el Periódico Oficial de esa entidad del 29 y del 30 de noviembre de 2023. Ponente: Ministra Loretta Ortiz Ahlf. Secretarios: Joel Isaac Rangel Agüeros y Johan Martín Escalante Escalante.