SIN LINEA Por HORACIO GONZÁLEZ - Linea de Contraste

SIN LINEA Por HORACIO GONZÁLEZ

¿Inviolabilidad o impunidad parlamentaria?

Existían elementos para que el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) determinara que, efectivamente una mayoría legislativa hizo uso de violencia política de género no sólo para no incluir en un transitorio a la ley electoral local la posibilidad de que las mujeres encabezaran las listas de diputaciones plurinominales en el proceso electoral de 2021, sino por los cambios concretados en las presidencias de las comisiones ordinarias de Gobernación y de Finanzas, de la Junta de Coordinación y Concertación Política y de la coordinación de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN).

Y también existían elementos en contra de las dirigencias estatales de cinco partidos políticos, porque antes de la discusión del tema en la tribuna legislativa se reunieron en privado y acordaron que la reforma que daría la primera posición pluri a las mujeres, no pasaría.

Existe otro elemento francamente vergonzoso que involucra a la diputada del Partido Encuentro Social de Tlaxcala (PEST), Luz Vera Díaz, en el sentido de haber votado en Comisiones a favor de la reforma electoral para adicionar el transitorio a favor de las mujeres, pero que en el Pleno se retractó y votó en contra después de haber recibido la tentadora oferta de alcanzar la presidencia de la Comisión Permanente del Congreso del estado.

Todos esos hechos, concatenados, muestran evidencias de que la no adición del transitorio a la ley electoral, y las remociones en varias posiciones legislativas –realizadas incumpliendo una ley interna que obligaba a una aprobación de los cambios por cuando menos  tres cuartas partes de la votación legislativa- fueron para no favorecer a las mujeres, en general.

Esos elementos pudieron haber jugado a favor para que el ITE resolviera favorablemente a lo que, a través de un proceso sancionador, se le solicitaba: medidas cautelares que impidieran la concreción de los cambios en las Comisiones, en la Junta y, por lo menos, en el Comité de Administración del Congreso local, a fin de que volvieran a su originalidad antes de la discusión en el Pleno legislativo.

Prefirió lavarse las manos y dejar a un lado su discurso a favor de las féminas, a pesar de formar parte del Observatorio de Participación Política de las Mujeres en Tlaxcala, que tanto se ha pronunciado en contra de la violencia hacia ellas. Palabras huecas. Ni siquiera resolvió el fondo del asunto y lo declaró improcedente.

Se debe reconocer, sin embargo, que a favor de la parte acusada jugaban algunos factores. El principal: que el ámbito parlamentario excede el conocimiento de la materia jurisdiccional electoral. De hecho, existe la jurisprudencia 34/2013, que establece que están exentos de la tutela del derecho político-electoral, los actos políticos que corresponden al derecho parlamentario, tales como los concernientes a la actuación y organización interna de los órganos legislativos por la actividad individual de sus miembros

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha resuelto que constituye materia del derecho parlamentario: la integración de comisiones legislativas; la elección de la presidencia de la Mesa Directiva; la integración de la Diputación Permanente o de la Junta de Coordinación Política; y la designación o remoción de la coordinación de un grupo parlamentario.

A eso se suma la existencia de lo que se denomina como inmunidad parlamentaria, herramienta que garantiza el correcto desarrollo de la actividad legislativa.

En esa circunstancia, lo que hizo el ITE fue remitir el expediente al Congreso local para que los legisladores atiendan la solicitud de restitución de Comisiones. Paradójicamente, dejó en manos de la misma mayoría legislativa que violentó el derecho de las mujeres, esa determinación, lo cual adelanta que no habrá cambio alguno en el Poder Legislativo.

Pese a la resolución del ITE, dentro de los órganos jurisdiccionales locales y federales existen voces que señalan que la violencia política contra una mujer vulnera la Constitución Política y diversos tratados internacionales, por lo cual consideran que los actos parlamentarios también deben ser de conocimiento de la autoridad jurisdiccional electoral, a fin de restituir un derecho político-electoral violentado.

Así que ya veremos si continúa el criterio de la Sala Superior sobre la inviolabilidad parlamentaria, o si el criterio cambia a la luz de hechos de violencia bastante más visibilizados.

Lineazo: Este asunto marcó ya en Tlaxcala el banderazo rumbo al proceso electoral local 2021. De manera paralela, a nivel federal ya se dio también. La lectura de un documento, irresponsablemente dado a conocer en una mañanera con el aval del presidente Andrés López Obrador, sobre la existencia de un Bloque Opositor Amplio (BOA) es el preludio de lo que se viene.

Lo lamentable es que desde ahora el mandatario pretenda restar credibilidad al Instituto Nacional Electoral (INE) y al TEPJF. Pareciera que el tabasqueño augura la pérdida de una mayoría legislativa federal, al menos como la tiene ahora, y desde ahora busque descalificar un resultado adverso.